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Código de Conducta y Buen Gobierno – Capital Salud EPS-S 4DS

Código de Conducta y Buen Gobierno

Apreciada familia Capital Salud EPS-S

Todos nos hemos comprometido a una práctica profesional ética y legal. Este compromiso debe ser consistente con nuestros valores corporativos  y en este sentido, es esencial vivir nuestra misión ajenos a consideraciones de índole personal.

Documentos y Anexos:

 

Plan Estratégico Institucional 2025 – 2028

Capital Salud EPS-S reafirma su compromiso con la población afiliada mediante la garantía del acceso efectivo y la calidad en la prestación de los servicios de salud. Este compromiso se materializa a través de una atención oportuna, humanizada y centrada en el usuario, así como mediante la promoción de la participación social activa. Todo ello con el fin de articular acciones entre el asegurador, los prestadores y los afiliados, orientadas a la mitigación de riesgos en salud y al fortalecimiento de las condiciones de vida de la población afiliada. Este enfoque se desarrolla en el marco del Derecho Fundamental a la Salud, conforme a lo dispuesto en la Ley 100 de 1993, la Ley 1438 de 2011, la Ley Estatutaria 1751 de 2015, y en concordancia con el Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031.

 

El propósito central es avanzar hacia el goce efectivo del Derecho a la Salud, incidir positivamente en los determinantes sociales que impactan la salud de la población y reducir la carga de enfermedad. En este sentido, se adopta la Política de Atención Integral en Salud (PAIS) definida por la Resolución 489 de 2019 del Ministerio de Salud y Protección Social, la cual se operacionaliza a través del Modelo Integral de Atención en Salud (MIAS).  Este modelo busca generar las condiciones necesarias para garantizar el acceso oportuno, eficaz y de calidad a los servicios de salud, mediante la regulación e integración de los diferentes actores del sistema, con el objetivo de preservar, mejorar y promover la salud de la población bajo un enfoque integral, continuo y centrado en el territorio.

Documentos y Anexos:

Decreto 682 de 2018 – Antecedentes

 

El Decreto 682 del 18 de abril de 2018, por el cual se sustituye el Capítulo 3 del Título 2 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, en relación con las condiciones para la autorización de funcionamiento, habilitación y permanencia de las entidades responsables del aseguramiento en salud.
El Artículo 2.5.2.3.4.5 del Decreto 682 del 18 de abril de 2018, que reglamenta la puesta en marcha de comités de gestión, para el apoyo a la inspección y seguimiento de temas estratégicos de la entidad.
La Circular Externa 007 del 30 de junio de 2017 de la Superintendencia Nacional de Salud, por medio del cual se dictan instrucciones para la implementación de mejores prácticas organizacionales – Código de Conducta y de Buen Gobierno EPS, EMP y SAP, la cual dispone la creación de los comités de Junta Directiva, a su vez contenidos en el Decreto 682 de 2018.
Las Entidades Promotoras de Salud EPS, deben dar cumplimiento a lo anterior, para obtener la autorización de funcionamiento, garantizando la administración de los recursos destinados al aseguramiento de la población afiliada en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

 

Conformación Comités:
  • Comité de Contraloría Interna.
  • Comité de Gobierno Organizacional y Conducta.
  • Comité de Riesgos.

 

Los cuales estarán conformados a partir del 1 de junio de 2018, cuya naturaleza será de asesoría administrativa y apoyo estratégico a la Gerencia General de la EPS-S.

 

Comités Institucionales:

 

Documentos y Anexos: Decreto 682 de 2018 – Antecedentes

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